ENE 2, 2022

Bases y Condiciones - Bonus de Bienvenida


BASES Y CONDICIONES BONUS DE BIENVENIDA
A REALIZARSE EN JUGADON.COM
PRIMERA:
SLOTS MACHINES S.A., CON DOMICILIO EN GRANADERO P. OLGUÍN 234, CIUDAD DE SAN LUIS (EL "ORGANIZADOR") REALIZA ESTA PROMOCIÓN EXCLUSIVAMENTE EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y ESTARÁ VIGENTE DESDE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 01 DE ENERO DE 2022 HASTA LAS 23:59 HORAS DEL DÍA 30 DE JUNIO DE 2021, RIGIÉNDOSE POR LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES. EL PARTICIPANTE DEBERÁ SER MAYOR DE 18 AÑOS DE EDAD, SER RESIDENTE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y ESTAR REGISTRADO EN EL SITIO JUGADON.COM (WWW.JUGADON.COM).
 
SEGUNDA:
LA PARTICIPACIÓN EN EL SORTEO DENOMINADO BONUS DE BIENVENIDA ORGANIZADO POR SLOTS MACHINES SA (EN ADELANTE, "EL ORGANIZADOR"), IMPLICA EL TOTAL CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y CONDICIONES, POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN DE LOS PROCEDIMIENTOS O SISTEMAS ESTABLECIDOS POR EL ORGANIZADOR.
 
TERCERA:
ESTA PROMOCIÓN ES VÁLIDA EXCLUSIVAMENTE PARA NUEVOS REGISTROS EN EL SITIO WEB WWW.JUGADON.COM, QUE REALICEN SU PRIMERA CARGA DE $500 (PESOS QUINIENTOS CON 00/100) O MAS, ENTRE EL 01/01/2022 Y EL 30/06/2022.
 
CUARTA:
PODRÁN PARTICIPAR DEL BENEFICIO TODAS AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS, MAYORES DE 18 AÑOS DE EDAD, QUE NO TENGAN RELACIÓN DIRECTA, INDIRECTA O DE TIPO FAMILIAR CON SLOTS MACHINES SA, EMPRESAS VINCULADAS Y/O SUS TRABAJADORES. EL ORGANIZADOR SE RESERVA EL DERECHO A DETERMINAR EN FORMA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE SI ALGÚN PARTICIPANTE O EVENTUAL GANADOR ESTÁ INCURSO EN LA INCOMPATIBILIDAD ESTABLECIDA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR Y DICHA RESOLUCIÓN TENDRÁ EL CARÁCTER DE DEFINITIVA E INAPELABLE. EL ORGANIZADOR REALIZARÁ EL SORTEO ENTRE QUIENES SE ENCUENTREN DENTRO DE LAS CONDICIONES DE ADMISIBILIDAD ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE REGLAMENTO.
 
QUINTA: PREMIOS:
SE OTORGARÁ UN CÓDIGO PROMOCIONAL POR UN MONTO DE $500 (PESOS QUINIENTOS CON 00/100) COMO BENEFICIO.
 
SEXTA: METODOLOGÍA DE SORTEO:
METODOLOGÍA
PARA PODER SER ELEGIBLE DE OBTENER EL BONUS SE TOMARÁ EN CUENTA EL IMPORTE DEL PRIMER DEPÓSITO QUE HAGA EL CLIENTE EN SU CUENTA POR $500 (PESOS QUINIENTOS) O MÁS, POR MEDIO DE CUALQUIER MEDIO DE PAGO AUTORIZADO.
LAS CARGAS DE $500 (PESOS QUINIENTOS) O MÁS SERÁN LAS ÚNICAS VÁLIDAS PARA PARTICIPAR DE ESTA PROMOCIÓN. QUEDAN EXCLUIDOS LOS VALES PROMOCIONALES.
ESTE BONUS SOLAMENTE SE OTORGA POR ÚNICA VEZ POR CUENTA, PERSONA Y DNI A NUEVOS CLIENTES REGISTRADOS EN EL SITIO JUGADON.COM A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN. NO APLICA PARA AQUELLAS CUENTAS CREADAS ANTERIORMENTE A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES.
SE OTORGARÁ UN CÓDIGO PROMOCIONAL POR UN MONTO DE $500 (PESOS QUINIENTOS CON 00/100) COMO BONUS PARA JUGAR. EL IMPORTE REINTEGRADO ES DE CARÁCTER "JUGABLE", ES DECIR QUE SOLO PUEDE UTILIZARSE PARA JUGAR EN EL SITIO WEB JUGADON.COM Y NO PUEDE SER EXTRAÍDO DE LA CUENTA DE USUARIO. LAS GANANCIAS GENERADAS CON EL IMPORTE DEL BONO PODRÁN SER RETIRADAS DE LA CUENTA.
EL MONTO DEL BONUS OTORGADO COMO REGALO SERÁ ACREDITADO EN LA CUENTA DEL USUARIO HASTA 48 HORAS HÁBILES SIGUIENTE A LA CREACIÓN DE LA MISMA, SIEMPRE Y CUANDO LA SUMA DEL MONTO DE TODAS LAS APUESTAS REALIZADAS HASTA EL MOMENTO SEA IGUAL O SUPERIOR A UN MONTO DE $500 (PESOS QUINIENTOS).
EL MONTO ENTREGADO SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE VALES QUE SE ENVIARÁN AL USUARIO, PUDIENDO REALIZARSE MEDIANTE EL SERVICIO DE MENSAJERÍA INTERNA DE LA PLATAFORMA JUGADON.COM, O BIEN EL CÓDIGO PODRÁ SER ENVIADO POR MAIL A LA DIRECCIÓN CON LA QUE LA CUENTA FUERA CREADA. EL ORGANIZADOR TENDRÁ DERECHO A ELEGIR LA FORMA MÁS CONVENIENTE DE REALIZAR LA DEVOLUCIÓN.
POR EJEMPLO, CON LA PRIMERA CARGA DE $500 (PESOS QUINIENTOS)., EL BONUS CORRESPONDIENTE SERÁ DE $500 (PESOS QUINIENTOS), PERO PARA SER ELEGIBLE A UN BONO, DEBES HABER REALIZADO APUESTAS POR LA SUMA DE $500 (PESOS QUINIENTOS)., O MÁS PARA QUE SE ACREDITE EL BONO POSTERIORMENTE. SI ESTA CONDICIÓN NO SE CUMPLE, NO SE ACREDITARÁ NINGÚN MONTO EN CONCEPTO DE BONUS EN LA CUENTA.
ESTA PROMOCIÓN NO ES ACUMULABLE CON OTRAS PROMOCIONES, PREMIOS Y/O BENEFICIOS.
 
SEPTIMA:
LOS PARTICIPANTES PODRÁN CONSULTAR ESTAS BASES EN EL SITIO WWW.JUGADON.COM/PROMOCIONES Y EN LA PÁGINA DE LOTERÍA DE SAN LUIS (WWW.LOTERIADESANLUIS.COM.AR).
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DEL CONCURSO, INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS DANDO, EN SU CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE CORRESPONDER, LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS. EL ORGANIZADOR PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O PARCIALMENTE EL CONCURSO Y LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES NO IMPUTABLES AL ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTAS BASES Y LAS RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E INAPELABLES. LA MERA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO IMPLICA LA TOTAL E IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE POSTERIORMENTE PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS.
 
OCTAVA:
EL BONO DE BIENVENIDA NO PODRÁ SER TRANSFERIDO Y ÚNICAMENTE SERÁ ACREDITADO EN LA CUENTA DEL USUARIO. ASIMISMO, EL BENEFICIO, NO PODRÁ SER CANJEADO, POR OTRO ELEMENTO.
EN NINGÚN CASO LOS PARTICIPANTES PODRÁN EXIGIR EL CANJE NI REEMPLAZO NI SUSTITUCIÓN DEL BONUS POR DINERO U OTROS BIENES O SERVICIOS DISTINTOS DE LOS OFRECIDOS Y ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES. LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN IMPLICA LA ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE ADOPTE EL ORGANIZADOR, CONFORME A DERECHO, SOBRE CUALQUIER CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS. SUS DECISIONES SON IRRECURRIBLES.
 
NOVENA:
PARA PARTICIPAR DEL BENEFICIO EL NUEVO USUARIO DEBE REALIZAR SU PRIMERA CARGA DE $500 (PESOS QUINIENTOS CON 00/100) A TRAVÉS DE LOS MEDIOS DETALLADOS EN LA CLÁUSULA SEXTA.
 
DECIMA:
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DEL BONO DE BIENVENIDA, INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS DANDO, EN SU CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE CORRESPONDER, LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS Y DÁNDOLAS A CONOCER EN SUS DEBIDAS SALAS. EL ORGANIZADOR PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O PARCIALMENTE EL CONCURSO Y LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES NO IMPUTABLES AL ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTAS BASES Y LAS RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E INAPELABLES. LA MERA PARTICIPACIÓN EN EL BONO DE BIENVENIDA IMPLICA LA TOTAL E IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE POSTERIORMENTE PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS.
 
DECIMA PRIMERA:
LOS PARTICIPANTES AUTORIZAN EXPRESAMENTE A EL ORGANIZADOR A DIFUNDIR SU NOMBRE, DATOS PERSONALES, VOZ E IMÁGENES, POR LOS MEDIOS Y EN LA FORMA QUE CONSIDERE APROPIADO, CON FINES PUBLICITARIOS Y/O PROMOCIONALES DEL CONCURSO, SIN DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA Y CONFORME LO CONSIDERE OPORTUNO PARA SU DIFUSIÓN.
 
DECIMA SEGUNDA:
LAS EVENTUALES ACCIONES JUDICIALES QUE PUDIERAN CORRESPONDERLES A LOS PARTICIPANTES, POR CIRCUNSTANCIAS ACAECIDAS FUERA DE LAS ESTABLECIDAS EN ESTE REGLAMENTO Y DENTRO DEL PREDIO, POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR TERCEROS SOBRE BIENES O SOBRE LAS PERSONAS DE LOS MISMOS SON DESISTIDAS EXPRESAMENTE POR LOS MISMOS RESPECTO DEL ORGANIZADOR, SIN PERJUICIO DE LAS QUE PUDIEREN EJERCITAR CONTRA LOS TERCEROS RESPONSABLES.
 
DECIMA TERCERA:
ANTE CUALQUIER DIVERGENCIA QUE PUDIERA SURGIR CON RELACIÓN ESTA PROMOCIÓN Y A TODOS SUS EFECTOS, LOS PARTICIPANTES Y EL ORGANIZADOR SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS, RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRO QUE LES PUDIERA CORRESPONDER, INCLUSO AL FUERO FEDERAL.
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  • El juego es diversión
  • Es diversión y esparcimiento
  • Es natural y necesario para el ser humano
  • Es una distracción, que se realiza en momentos libres
  • Cuando el JUEGO se hace PATOLÓGICO, es un PROBLEMA tanto para quien lo padece como para su familia y su entorno social