ENE 23, 2023

BASES Y CONDICIONES RECUPERA $1000 CON TOTALCOIN A REALIZARSE EN JUGADON.COM


BASES Y CONDICIONES
RECUPERA $1000 CON TOTALCOIN
A REALIZARSE EN JUGADON.COM

PRIMERA:
SLOTS MACHINES S.A., CON DOMICILIO EN GRANADERO P. OLGUÍN 234, CIUDAD DE SAN
LUIS (EL "ORGANIZADOR") Y TOTALCOIN REALIZAN ESTA PROMOCIÓN EXCLUSIVAMENTE EN
LA PROVINCIA DE SAN LUIS A REALIZARSE EL DÍA 23 DE ENERO DE 2023 VIGENTE DESDE LAS
00:00 HORAS HASTA LAS 23:59 HORAS DEL 23 DE FEBRERO DE 2023, RIGIÉNDOSE POR LAS
PRESENTES BASES Y CONDICIONES. EL PARTICIPANTE DEBERÁ SER MAYOR DE 18 AÑOS DE
EDAD, SER RESIDENTE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y ESTAR REGISTRADO EN EL SITIO
JUGADON.COM (WWW.JUGADON.COM).

SEGUNDA:
LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN DENOMINADA RECUPERA $1000 CON TOTALCOIN
ORGANIZADA POR SLOTS MACHINES SA Y TOTALCOIN (EN ADELANTE, "LOS
ORGANIZADORES"), IMPLICA EL TOTAL CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS SIGUIENTES
BASES Y CONDICIONES, POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN DE
LOS PROCEDIMIENTOS O SISTEMAS ESTABLECIDOS POR EL ORGANIZADOR.

TERCERA:
ESTA PROMOCIÓN ES VÁLIDA EXCLUSIVAMENTE PARA LOS DÍAS COMPRENDIDOS ENTRE
EL 23/01/2023 Y EL 23/02/2023 EN EL SITIO
WWW.JUGADON.COM. O HASTA EL ALTA DE 500
CUENTAS NUEVAS EN TOTALCOIN.
CUARTA:
PODRÁN PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN TODAS AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS, MAYORES
DE 18 AÑOS DE EDAD, QUE NO TENGAN RELACIÓN DIRECTA, INDIRECTA O DE TIPO
FAMILIAR CON SLOTS MACHINES SA, EMPRESAS VINCULADAS Y/O SUS TRABAJADORES. EL
ORGANIZADOR SE RESERVA EL DERECHO A DETERMINAR EN FORMA EXCLUSIVA Y
EXCLUYENTE SI ALGÚN PARTICIPANTE O EVENTUAL BENEFICIARIO ESTÁ INCURSO EN LA
INCOMPATIBILIDAD ESTABLECIDA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR Y DICHA RESOLUCIÓN
TENDRÁ EL CARÁCTER DE DEFINITIVA E INAPELABLE.

QUINTA: PREMIOS:
TOPE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN $1000 (PESOS MIL CON 00/100) EN LA PLATAFORMA DE
TOTALCOIN.

SEXTA: METODOLOGÍA DE SORTEO:
PARA PODER OBTENER EL BENEFICIO DE LA ACREDITACION DE $1000 (PESOS MIL) EL
PARTICIPANTE DEBERÁ DESCARGAR LA BILLETERA TOTALCOIN, REGISTRARSE CON SUS
DATOS Y REALIZAR UN DEPÓSITO MÍNIMO DE $2000 (PESOS DOS MIL) O SUPERIOR DESDE LA
BILLETERA TOTALCOIN AL SITIO JUGADON.COM (
WWW.JUGADON.COM). LUEGO DEBERÁ
JUGAR EN EL SITIO JUGADON.COM EL DINERO ACREDITADO.

SE OTORGARÁ EL PREMIO POR UNA ÚNICA VEZ POR CUENTA, PERSONA Y DNI A NUEVOS
CLIENTES DE LA BILLETERA TOTALCOIN A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA
PROMOCIÓN.

HABIENDO CUMPLIDO CON LOS REQUISITOS, EL MONTO OTORGADO SE ACREDITARÁ EN LA
CUENTA TOTALCOIN DEL USUARIO DENTRO DE LAS 48 HORAS HÁBILES SIGUIENTES AL

MOMENTO DE REALIZARSE LA TRANSFERECIA AL SITIO JUGADON.COM

(WWW.JUGADON.COM).
QUEDAN EXCLUIDAS AQUELLAS PERSONAS CON CUENTAS TOTALCOIN CREADAS CON
ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES.

ESTA PROMOCIÓN NO ES ACUMULABLE CON OTRAS PROMOCIONES, PREMIOS Y/O
BENEFICIOS DE TOTALCOIN.

* TOPE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN $1.000 (PESOS UN MIL CON 00/100) EN CRÉDITO CARGADO
EN LA PLATAFORMA DE TOTALCOIN.

LOS PARTICIPANTES PODRÁN CONSULTAR ESTAS BASES EN EL SITIO
WWW.JUGADON.COM/PROMOCIONES Y EN LA PÁGINA DE LOTERÍA DE SAN LUIS
HTTP://WWW.LOTERIADESANLUIS.COM/NOTICIAS.PHP.
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DEL CONCURSO,
INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS DANDO,
EN SU CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE
CORRESPONDER, LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS. EL ORGANIZADOR
PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O PARCIALMENTE EL CONCURSO Y
LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES NO IMPUTABLES AL
ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE
LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE
DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTAS BASES Y LAS
RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E INAPELABLES. LA MERA
PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO IMPLICA LA TOTAL E IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y
CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE POSTERIORMENTE
PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN
NO PREVISTA EN LAS MISMAS.

SEPTIMA:
EN NINGÚN CASO LOS PARTICIPANTES PODRÁN EXIGIR EL CANJE NI REEMPLAZO NI
SUSTITUCIÓN DEL PREMIO POR OTROS BIENES O SERVICIOS DISTINTOS DE LOS OFRECIDOS
Y ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES. LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN IMPLICA LA
ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE ADOPTE EL
ORGANIZADOR, CONFORME A DERECHO, SOBRE CUALQUIER CUESTIÓN NO PREVISTA EN
LAS MISMAS. SUS DECISIONES SON IRRECURRIBLES.

OCTAVA:
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DEL CONCURSO,
INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS DANDO, EN SU
CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE CORRESPONDER,
LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS Y DÁNDOLAS A CONOCER EN SUS DEBIDAS
SALAS. EL ORGANIZADOR PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O
PARCIALMENTE EL CONCURSO Y LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN
SITUACIONES NO IMPUTABLES AL ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A
COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL
ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA
EN ESTAS BASES Y LAS RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E
INAPELABLES. LA MERA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO IMPLICA LA TOTAL E
IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS
DECISIONES QUE POSTERIORMENTE PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A
CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS.

NOVENA:
LOS PARTICIPANTES AUTORIZAN EXPRESAMENTE AL ORGANIZADOR A DIFUNDIR SU
NOMBRE, DATOS PERSONALES, VOZ E IMÁGENES, POR LOS MEDIOS Y EN LA FORMA QUE
CONSIDERE APROPIADO, CON FINES PUBLICITARIOS Y/O PROMOCIONALES DEL CONCURSO,
SIN DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA Y CONFORME LO CONSIDERE OPORTUNO PARA
SU DIFUSIÓN.

DECIMA:
LAS EVENTUALES ACCIONES JUDICIALES QUE PUDIERAN CORRESPONDERLES A LOS
PARTICIPANTES, POR CIRCUNSTANCIAS ACAECIDAS FUERA DE LAS ESTABLECIDAS EN ESTE
REGLAMENTO Y DENTRO DEL PREDIO, POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR
TERCEROS SOBRE BIENES O SOBRE LAS PERSONAS DE LOS MISMOS SON DESISTIDAS
EXPRESAMENTE POR LOS MISMOS RESPECTO DEL ORGANIZADOR, SIN PERJUICIO DE LAS
QUE PUDIEREN EJERCITAR CONTRA LOS TERCEROS RESPONSABLES.

DECIMA PRIMERA:
ANTE CUALQUIER DIVERGENCIA QUE PUDIERA SURGIR CON RELACIÓN ESTA PROMOCIÓN Y
A TODOS SUS EFECTOS, LOS PARTICIPANTES Y EL ORGANIZADOR SE SOMETEN A LA
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE LA CIUDAD DE SAN
LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS, RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRO QUE PUDIERA
CORRESPONDER, INCLUSO FEDERA
L.

 

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  • El juego es diversión
  • Es diversión y esparcimiento
  • Es natural y necesario para el ser humano
  • Es una distracción, que se realiza en momentos libres
  • Cuando el JUEGO se hace PATOLÓGICO, es un PROBLEMA tanto para quien lo padece como para su familia y su entorno social