MAR 17, 2023
BASES Y CONDICIONES SLOTS MAGIC SAN PATRICIO A REALIZARSE EN JUGADON.COM
BASES Y CONDICIONES SLOTS MAGIC SAN PATRICIO A REALIZARSE EN JUGADON.COM
PRIMERA:
SLOTS MACHINES S.A., CON DOMICILIO EN GRANADERO P. OLGUÍN N° 234, CIUDAD DE SAN LUIS REALIZA ESTA PROMOCIÓN EXCLUSIVAMENTE EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS A REALIZARSE EL DÍA 17 DE MARZO DE 2023, VIGENTE DURANTE 24 HS NOTIFICADA DEBIDAMENTE POR EL ORGANIZADOR, RIGIÉNDOSE POR LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES. EL PARTICIPANTE DEBERÁ SER MAYOR DE 18 AÑOS DE EDAD, SER RESIDENTE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y ESTAR REGISTRADO EN EL SITIO WWW.JUGADON.COM.
SEGUNDA:
LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN DENOMINADA SLOTS MAGIC SAN PATRICIO ORGANIZADA POR SLOTS MACHINES SA (EN ADELANTE, "EL ORGANIZADOR"), IMPLICA EL TOTAL CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y CONDICIONES, POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN DE LOS PROCEDIMIENTOS O SISTEMAS ESTABLECIDOS POR EL ORGANIZADOR.
TERCERA:
ESTA PROMOCIÓN ES VÁLIDA EXCLUSIVAMENTE PARA EL DÍA 17 DE MARZO DEL 2023 EN EL SITIO WWW.JUGADON.COM.
CUARTA:
PODRÁN PARTICIPAR DEL SORTEO TODAS AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS, MAYORES DE 18 AÑOS DE EDAD, QUE NO TENGAN RELACIÓN DIRECTA, INDIRECTA O DE TIPO FAMILIAR CON SLOTS MACHINES SA, EMPRESAS VINCULADAS Y/O SUS TRABAJADORES. EL ORGANIZADOR SE RESERVA EL DERECHO A DETERMINAR EN FORMA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE SI ALGÚN PARTICIPANTE O EVENTUAL GANADOR ESTÁ INCURSO EN LA INCOMPATIBILIDAD ESTABLECIDA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR Y DICHA RESOLUCIÓN TENDRÁ EL CARÁCTER DE DEFINITIVA E INAPELABLE.
QUINTA: PREMIOS:
SE ESTABLECEN COMO PREMIOS PARA LOS PRIMEROS CIEN PARTICIPANTES: 1 (UN) PREMIO DE $1.000 (PESOS MIL CON 00/100) EN BONUS JUGABLE.
SEXTA: METODOLOGÍA DE SORTEO:
PARA PODER SER ELEGIBLE DE OBTENER EL BONUS SE TOMARÁ EN CUENTA LA PARTICIPACIÓN DE CADA JUGADOR EN EL JUEGO ELEGIBLE POR EL ORGANIZADOR, DURANTE EL DÍA DE PROMOCIÓN, EL DIA VIERNES 17 DE MARZO DE 2023. LOS PRIMEROS 100 PARTICIPANTES QUE REALICEN UNA APUESTA EN EL JUEGO ELEGIBLE (ANUNCIADO EN SU MOMENTO), PODRÁN SER BENEFICIADOS CON EL PREMIO DE $1.000 (PESOS MIL CON 00/100) EN BONUS JUGABLE (NO NECESARIAMENTE DEBEN SER 100 SINO TODOS LOS QUE JUEGUEN). EN CASO DE QUE UN PARTICIPANTE SE CONECTE A JUGAR LUEGO DE PASADAS LAS 24 HORAS, NO SERÁ BENEFICIADO CON EL BONUS. EL BONUS DETALLADO, SOLAMENTE SE OTORGARÁ POR ÚNICA VEZ POR CUENTA, PERSONA Y DNI A CLIENTES REGISTRADOS EN EL SITIO WEB WWW.JUGADON.COM. EL IMPORTE REINTEGRADO ES DE CARÁCTER "JUGABLE", ES DECIR QUE SOLO PUEDE UTILIZARSE PARA JUGAR EN EL SITIO WEB WWW.JUGADON.COM SIN PODER SER EXTRAÍDO DE LA CUENTA DE USUARIO. SOLAMENTE PODRÁN SER RETIRADA DE LAS CUENTAS, LAS GANANCIAS GENERADAS CON EL IMPORTE DEL BONUS. EL MONTO DEL BONUS OTORGADO COMO REGALO SERÁ ACREDITADO EN LA CUENTA DE LOS USUARIOS AL DÍA SIGUIENTE. EL MONTO ENTREGADO SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE VALES QUE SE LE ACREDITARÁN AL USUARIO. EL ORGANIZADOR TENDRÁ DERECHO A ELEGIR LA FORMA MÁS CONVENIENTE DE REALIZAR LA DEVOLUCIÓN. LOS PARTICIPANTES PODRÁN CONSULTAR ESTAS BASES EN EL SITIO WWW.JUGADON.COM/PROMOCIONES Y EN LA PÁGINA DE LOTERÍA DE SAN LUIS HTTP://WWW.LOTERIADESANLUIS.COM/NOTICIAS.PHP.
SEPTIMA:
EN NINGÚN CASO LOS PARTICIPANTES PODRÁN EXIGIR EL CANJE NI REEMPLAZO NI SUSTITUCIÓN DEL BONUS POR DINERO U OTROS BIENES O SERVICIOS DISTINTOS DE LOS OFRECIDOS Y ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES. LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN IMPLICA LA ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE ADOPTE EL ORGANIZADOR, CONFORME A DERECHO, SOBRE CUALQUIER CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS. SUS DECISIONES SON IRRECURRIBLES.
OCTAVA:
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DEL CONCURSO, INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS DANDO, EN SU CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE CORRESPONDER, LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS Y DÁNDOLAS A CONOCER EN SUS DEBIDAS SALAS. EL ORGANIZADOR PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O PARCIALMENTE EL CONCURSO Y LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES NO IMPUTABLES AL ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTAS BASES Y LAS RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E INAPELABLES. LA MERA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO IMPLICA LA TOTAL E IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE POSTERIORMENTE PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS.
NOVENA:
LOS PARTICIPANTES AUTORIZAN EXPRESAMENTE AL ORGANIZADOR A DIFUNDIR SU NOMBRE, DATOS PERSONALES, VOZ E IMÁGENES, POR LOS MEDIOS Y EN LA FORMA QUE CONSIDERE APROPIADO, CON FINES PUBLICITARIOS Y/O PROMOCIONALES DEL CONCURSO, SIN DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA Y CONFORME LO CONSIDERE OPORTUNO PARA SU DIFUSIÓN.
DECIMA:
LAS EVENTUALES ACCIONES JUDICIALES QUE PUDIERAN CORRESPONDERLES A LOS PARTICIPANTES, POR CIRCUNSTANCIAS ACAECIDAS FUERA DE LAS ESTABLECIDAS EN ESTE REGLAMENTO Y DENTRO DEL PREDIO, POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR TERCEROS SOBRE BIENES O SOBRE LAS PERSONAS DE LOS MISMOS SON DESISTIDAS EXPRESAMENTE POR LOS MISMOS RESPECTO DEL ORGANIZADOR, SIN PERJUICIO DE LAS QUE PUDIEREN EJERCITAR CONTRA LOS TERCEROS RESPONSABLES.
DECIMA PRIMERA:
ANTE CUALQUIER DIVERGENCIA QUE PUDIERA SURGIR CON RELACIÓN ESTA PROMOCIÓN Y A TODOS SUS EFECTOS, LOS PARTICIPANTES Y EL ORGANIZADOR SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS, RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRO QUE PUDIERA CORRESPONDER, INCLUSO FEDERAL.
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El juego es diversión
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Es diversión y esparcimiento
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Es natural y necesario para el ser humano
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Es una distracción, que se realiza en momentos libres
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Cuando el JUEGO se hace PATOLÓGICO, es un PROBLEMA tanto para quien lo padece como para su familia y su entorno social