NOV 2, 2023
BASES Y CONDICIONES “SORTEO DE ENCUESTA DE SATISFACCIÓN A CLIENTES”
BASES Y CONDICIONES
“SORTEO DE ENCUESTA DE SATISFACCIÓN A CLIENTES”
A REALIZARSE EN LOTERIA DE SAN LUIS
PRIMERA:
SLOTS MACHINES S.A., CON DOMICILIO EN GRANADERO P. OLGUÍN N° 234, CIUDAD DE SAN LUIS REALIZA ESTA PROMOCIÓN EXCLUSIVAMENTE EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS, SIENDO VÁLIDA EXCLUSIVAMENTE DESDE LAS 00:00 DEL DÍA 1 DE NOVIEMBRE DE 2023, HASTA LAS 23:59 HORAS DEL DIA 2 DE DICIEMBRE DE 2023, RIGIÉNDOSE POR LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES. EL PARTICIPANTE DEBERÁ SER MAYOR DE 18 AÑOS DE EDAD, SER RESIDENTE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS O ENCONTRARSE DENTRO DE LOS LÍMITES DE LA MISMA.
SEGUNDA:
LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN DENOMINADA “SORTEO DE ENCUESTA DE SATISFACCION A CLIENTES”, IMPLICA EL TOTAL CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y CONDICIONES, POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN DE LOS PROCEDIMIENTOS O SISTEMAS ESTABLECIDOS POR EL ORGANIZADOR.
TERCERA:
LOS PARTICIPANTES PODRÁN CONSULTAR ESTAS BASES EN EL SITIO DE HTTPS://WWW.LOTERIADESANLUIS.COM/ EN EL APARTADO PROMOCIONES.
CUARTA:
PODRÁN PARTICIPAR DE LA PROMOCIÓN TODAS AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS, MAYORES DE 18 AÑOS DE EDAD, SIEMPRE QUE NO TENGAN RELACIÓN DIRECTA O INDIRECTA CON LA/S COMPAÑÍA/S O ESTRUCTURAS LEGALES QUE EXPLOTE/N, LOTERIA DE SAN LUIS EMPRESAS VINCULADAS Y/O ALGUN VÍNCULO FAMILIAR CON SUS TRABAJADORES.
EL ORGANIZADOR SE RESERVA EL DERECHO A DETERMINAR EN FORMA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE SI ALGÚN PARTICIPANTE O EVENTUAL GANADOR NO REVISTE EL CARÁCTER ESTABLECIDO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR Y DICHA RESOLUCIÓN TENDRÁ EL CARÁCTER DE DEFINITIVA E INAPELABLE.
QUINTA: PREMIOS:
SE ESTABLECE COMO PREMIO:
- DOS NOCHES EN CUALQUIER EPIC HOTEL UBICADO DENTRO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, CON DESYUNO INCLUIDO PARA DOS PERSONAS.
DICHO PREMIO NO PODRA SER UTILIZADO EN FINES DE SEMANA LARGOS, NI PERIODOS VACACIONALES, DEVIENDOSE HACER LA RESERVA CON UN PLAZO DE ANTICIPACION DE 48 HORAS PREVIAS A LA ESTADIA.
SEXTA: CONDICIONES PARA LA PARTICIPACION
PARA PARTICIPAR DE ESTA PROMOCION EL CLIENTE DEBE INGRESAR AL FORMULARIO CREADO Y DIFUNDIDO POR LOTERIA DE SAN LUIS Y COMPLETAR EL MISMO, RESPONDIENDO A LAS PREGUNTAS ESTABLECIDAS DE FORMA VERAZ.
SEPTIMA:
EN NINGÚN CASO LOS PARTICIPANTES PODRÁN EXIGIR EL CANJE NI REEMPLAZO NI SUSTITUCIÓN DEL BONO POR DINERO U OTROS BIENES O SERVICIOS DISTINTOS DE LOS OFRECIDOS Y ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES. LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN IMPLICA LA ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE ADOPTE EL ORGANIZADOR, CONFORME A DERECHO, SOBRE CUALQUIER CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS
MISMAS. SUS DECISIONES SON IRRECURRIBLES.
OCTAVA:
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN, INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS, SIN ALTERAR LA ESENCIA DE LA PROMOCIÓN NI AFECTAR LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS, DANDO, EN SU CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE CORRESPONDER, LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS Y DÁNDOLAS A CONOCER POR LOS MISMOS MEDIOS EN LOS QUE SE COMUNICÓ LA PRESENTE PROMOCIÓN. EL ORGANIZADOR PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O PARCIALMENTE LA PROMOCIÓN Y LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES NO IMPUTABLES AL ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTAS BASES Y LAS RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E INAPELABLES. LA MERA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO IMPLICA LA TOTAL E IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE POSTERIORMENTE PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS.
NOVENA:
LAS EVENTUALES ACCIONES JUDICIALES QUE PUDIERAN CORRESPONDERLES A LOS PARTICIPANTES, POR CIRCUNSTANCIAS ACAECIDAS FUERA DE LAS ESTABLECIDAS EN ESTE REGLAMENTO Y DENTRO DEL PREDIO, POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR TERCEROS SOBRE BIENES O SOBRE LAS PERSONAS DE LOS MISMOS SON DESISTIDAS EXPRESAMENTE POR LOS MISMOS RESPECTO DEL ORGANIZADOR, SIN PERJUICIO DE LAS QUE PUDIEREN EJERCITAR CONTRA LOS TERCEROS RESPONSABLES.
DECIMA:
ANTE CUALQUIER DIVERGENCIA QUE PUDIERA SURGIR CON RELACIÓN ESTA PROMOCIÓN Y A TODOS SUS EFECTOS, LOS PARTICIPANTES Y EL ORGANIZADOR SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRO QUE LES PUDIERA CORRESPONDER, INCLUSO AL FUERO FEDERAL.
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El juego es diversión
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Es diversión y esparcimiento
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Es natural y necesario para el ser humano
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Es una distracción, que se realiza en momentos libres
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Cuando el JUEGO se hace PATOLÓGICO, es un PROBLEMA tanto para quien lo padece como para su familia y su entorno social