MAR 6, 2024

Bases y condiciones: Vale Más


BASES Y CONDICIONES
VALE MÁS
A REALIZARSE EN JUGADON.COM


PRIMERA:
SLOTS MACHINES S.A., CON DOMICILIO EN GRANADERO P. OLGUÍN N° 234, CIUDAD DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS REALIZA ESTA PROMOCIÓN EXCLUSIVAMENTE EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS A REALIZARSE EL DÍA DOMINGO 10 DE MARZO DE 2024 Y EL DÍA MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2024, VIGENTE DESDE LAS 00:00 HORAS HASTA LAS 23:59 HORAS DE LOS DÍAS CITADOS ANTERIORMENTE, RIGIÉNDOSE POR LAS PRESENTES BASES Y CONDICIONES. EL PARTICIPANTE DEBERÁ SER MAYOR DE 18 AÑOS DE EDAD, SER RESIDENTE DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Y ESTAR REGISTRADO EN EL SITIO WWW.JUGADON.COM.

SEGUNDA:
LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN DENOMINADA “VALE MÁS” ORGANIZADA POR SLOTS MACHINES SA (EN ADELANTE, "EL ORGANIZADOR"), IMPLICA EL TOTAL CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN DE LAS SIGUIENTES BASES Y CONDICIONES, POR PARTE DE LOS PARTICIPANTES, COMO ASÍ TAMBIÉN DE LOS PROCEDIMIENTOS O SISTEMAS ESTABLECIDOS POR EL ORGANIZADOR.

TERCERA:
ESTA PROMOCIÓN ES VÁLIDA EXCLUSIVAMENTE PARA LOS DÍAS DOMINGO 10/03/2024 Y MIÉRCOLES 20/03/2024, EN EL SITIO WWW.JUGADON.COM.

CUARTA:
PODRÁN PARTICIPAR DEL SORTEO TODAS AQUELLAS PERSONAS FÍSICAS, MAYORES DE 18 AÑOS DE EDAD, QUE NO TENGAN RELACIÓN DIRECTA, INDIRECTA O DE TIPO FAMILIAR CON SLOTS MACHINES S.A., EMPRESAS VINCULADAS Y/O SUS TRABAJADORES. EL ORGANIZADOR SE RESERVA EL DERECHO A DETERMINAR EN FORMA EXCLUSIVA Y EXCLUYENTE SI ALGÚN PARTICIPANTE O EVENTUAL GANADOR ESTÁ INCURSO EN LA INCOMPATIBILIDAD ESTABLECIDA EN EL PÁRRAFO ANTERIOR Y DICHA RESOLUCIÓN TENDRÁ EL CARÁCTER DE DEFINITIVA E INAPELABLE.

QUINTA: PREMIOS:
TOPE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN $6.000 (PESOS SEIS MIL CON 00/100) EN VALES/CRÉDITOS SOLO JUGABLES.

SEXTA: METODOLOGÍA DE SORTEO:
PARA PODER SER ELEGIBLE DE OBTENER EL BONO SE TOMARÁ EN CUENTA EL IMPORTE DE LA   PRIMERA TRANSFERENCIA BANCARIA O PAGO POR MEDIOS ACEPTADOS, NO VÁLIDO PARA RECARGAS CON TARJETAS PREPAGAS. EL MONTO DE CARGA DEBERÁ SER IGUAL O SUPERIOR A $5.000 (PESOS CINCO MIL CON 00/100) A PARTIR DE LAS 00:00 HS DE LOS DÍAS MENCIONADOS. MEDIOS DE PAGO ACEPTADOS:
DEPÓSITOS BANCARIOS, AGENCIAS HABILITADAS, SALAS DE CASINO HABILITADAS Y PAGOS POR PAYFUN O TOTAL COIN DE $5.000 (PESOS CINCO MIL) O MÁS SERÁN LAS ÚNICAS VÁLIDAS

PARA PARTICIPAR DE LA PRESENTE PROMOCIÓN. QUEDAN EXCLUIDAS EL RESTO DE LAS  DENOMINACIONES Y/O VALES PROMOCIONALES.
EL BONO DETALLADO, SOLAMENTE SE OTORGARÁ POR ÚNICA VEZ POR CUENTA, PERSONA Y DNI A CLIENTES REGISTRADOS Y VALIDADOS EN EL SITIO WEB WWW.JUGADON.COM.
SE OTORGARÁN CÓDIGO/S PROMOCIONAL/S DE ACUERDO A LA SIGUIENTE TABLA DE EQUIVALENCIAS SI LA PRIMERA RECARGA REALIZADA POR EL USUARIO EN SU CUENTA ES DE
$5.000 (PESOS CINCO MIL CON 00/100) O SUPERIOR: SE ENTREGARÁN BONOS PROMOCIONALES POR UN TOTAL DE $6000 (PESOS SEIS MIL CON 00/100).
* TOPE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN $6000 (PESOS SEIS MIL 00/100) EN VALES/CRÉDITOS SOLO JUGABLES.
EL IMPORTE REINTEGRADO ES DE CARÁCTER "JUGABLE", ES DECIR QUE SOLO PUEDE UTILIZARSE PARA JUGAR EN EL SITIO WEB WWW.JUGADON.COM SIN PODER SER EXTRAÍDO DE LA CUENTA DE USUARIO.
SOLAMENTE PODRÁN SER RETIRADA DE LAS CUENTAS, LAS GANANCIAS GENERADAS CON EL IMPORTE DEL BONO.
EL MONTO DEL BONO OTORGADO COMO REGALO SERÁ ACREDITADO EN LA CUENTA DEL USUARIO EL DÍA LUNES 11 DE MARZO (CORRESPONDIENTE A LA PROMOCIÓN DEL DÍA DOMINGO 10 DE MARZO DE 2024) Y EL DÍA JUEVES 21 DE MARZO (CORRESPONDIENTE A LA PROMOCIÓN DEL DÍA MIÉRCOLES 20 DE MARZO DE 2024), EN AMBOS CASOS TENIENDO COMO TIEMPO MÁXIMO 48 HS HÁBILES, SIEMPRE QUE LA SUMA DEL MONTO DE TODAS LAS   APUESTAS REALIZADAS HASTA LAS 23:59 HS DE LOS DÍAS DE LA PROMOCIÓN EN CUESTIÓN, SEA IGUAL O SUPERIOR AL MONTO DE LA PRIMERA RECARGA REALIZADA POR EL USUARIO.
EL MONTO ENTREGADO SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE VALES/CRÉDITOS JUGABLES QUE SE LE ACREDITARÁN AL USUARIO. EL ORGANIZADOR TENDRÁ DERECHO A ELEGIR LA FORMA MÁS CONVENIENTE DE REALIZAR LA DEVOLUCIÓN.
POR EJEMPLO, CON LA PRIMERA CARGA DEL DÍA DE $5.000 (PESOS CINCO MIL), EL BONO CORRESPONDIENTE SERÁ DE $6000 (PESOS SEIS MIL), PERO PARA SER ELEGIBLE A UN BONO DEBE HABER REALIZADO APUESTAS POR LA SUMA DE $5.000 (PESOS CINCO MIL) O MÁS PARA QUE SE ACREDITE EL BONO POSTERIORMENTE. SI ÉSTA CONDICIÓN NO SE CUMPLE, NO SE ACREDITARÁ NINGÚN MONTO EN CONCEPTO DE BONO EN LA CUENTA.
EN EL CASO PARTICULAR DE LOS USUARIOS QUE REALICEN LA PRIMERA RECARGA SUPERIOR AL MÁXIMO DE CARGAS ESTABLECIDO EN ESTAS BASES Y CONDICIONES, PARA OBTENER EL BONO DEBERÁ HACER APUESTAS POR LA SUMA DEL MÁXIMO QUE RECIBE BENEFICIO. POR EJEMPLO, SI REALIZA LA PRIMERA RECARGA DE $7.000 (PESOS SIETE MIL) DEBERÁ REALIZAR APUESTAS, MÍNIMAMENTE, POR LA SUMATORIA DE $5.000 (PESOS CINCO MIL).

EJEMPLOS DE RECHAZO DE BONO
ACREDITA / JUEGA / BONO
$4000 / $4000 / NO INGRESA A PROMOCIÓN POR NO LLEGAR AL MÍNIMO DE ACREDITACIÓN.


$2000 + $3000 / $5000 / NO INGRESA A PROMOCIÓN POR NO COMPUTAR EL MONTO MÍNIMO DE $5.000 EN UNA MISMA RECARGA Y SIENDO ADEMÁS LA PRIMERA DEL DÍA DE VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN.

$5000 / JUEGA $1000 / NO INGRESA A PROMOCIÓN POR NO JUGAR EL MÍNIMO DE LA ACREDITACIÓN ($5000).

$5000 / JUEGA $2000 Y OTROS $3000 AL DÍA SIGUIENTE / NO INGRESA, PORQUE DEBE JUGAR EL MÍNIMO DE ACREDITACIÓN, DE $5000, DURANTE LA VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN (DURA 24 HORAS, NO DE LA CARGA, SINO DEL INICIO DE LA PROMOCIÓN, A LAS 00:00 DEL DÍA)


EJEMPLOS DE ACEPTACIÓN DE BONO
ACREDITA / JUEGA / BONO
$5000 / $5000 / $6000
$5500 / $5000 / $6000
$5000 / $7000 / $6000


ESTA PROMOCIÓN NO ES ACUMULABLE CON OTRAS PROMOCIONES, PREMIOS Y/O BENEFICIOS. EN CASO DE QUE EXISTA OTRAS PROMOCIONES VIGENTES COMO POR EJEMPLO "BONO DE BIENVENIDA", SE APLICARÁ EL DE MAYOR BENEFICIO PARA EL CLIENTE.

LOS PARTICIPANTES PODRÁN CONSULTAR ESTAS BASES EN EL SITIO WW.JUGADON.COM/PROMOCIONES   Y   EN   LA   PÁGINA   DE   LOTERÍA   DE   SAN LUIS HTTP://WWW.LOTERIADESANLUIS.COM/NOTICIAS.PHP.

SEPTIMA:
EN NINGÚN CASO LOS PARTICIPANTES PODRÁN EXIGIR EL CANJE NI REEMPLAZO NI SUSTITUCIÓN DEL BONO POR DINERO U OTROS BIENES O SERVICIOS DISTINTOS DE LOS OFRECIDOS Y ESTABLECIDOS EN ESTAS BASES. LA PARTICIPACIÓN EN LA PROMOCIÓN IMPLICA LA ACEPTACIÓN DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE ADOPTE EL ORGANIZADOR, CONFORME A DERECHO, SOBRE CUALQUIER CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS. SUS DECISIONES SON IRRECURRIBLES.

OCTAVA:
EL ORGANIZADOR PODRÁ, A SU SOLO CRITERIO MODIFICAR LA DURACIÓN DEL CONCURSO, INTRODUCIR MODIFICACIONES A CUALQUIERA DE LOS PUNTOS ENUNCIADOS DANDO, EN SU CASO, LA DEBIDA COMUNICACIÓN Y PUBLICIDAD Y LLEVANDO A CABO DE CORRESPONDER, LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES NECESARIOS Y DÁNDOLAS A CONOCER EN SUS DEBIDAS SALAS. EL ORGANIZADOR PODRÁ CANCELAR, SUSPENDER O MODIFICAR TOTAL O PARCIALMENTE EL CONCURSO Y LAS PRESENTES BASES CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES NO IMPUTABLES AL ORGANIZADOR, SIN QUE ELLO GENERE DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA A FAVOR DE LOS PARTICIPANTES. EL ORGANIZADOR SERÁ EL ÚNICO QUE TENDRÁ FACULTAD DE DECISIÓN RESPECTO DE TODA SITUACIÓN NO PREVISTA EN ESTAS BASES Y LAS RESOLUCIONES QUE ADOPTE AL RESPECTO SERÁN DEFINITIVAS E INAPELABLES. LA MERA PARTICIPACIÓN EN EL CONCURSO IMPLICA LA TOTAL E IRRESTRICTA ACEPTACIÓN Y CONOCIMIENTO DE ESTAS BASES, ASÍ COMO DE LAS DECISIONES QUE POSTERIORMENTE PUEDA ADOPTAR EL ORGANIZADOR EN RELACIÓN A CUALQUIER PUNTO O CUESTIÓN NO PREVISTA EN LAS MISMAS.

NOVENA:
LOS PARTICIPANTES AUTORIZAN EXPRESAMENTE A EL ORGANIZADOR A DIFUNDIR SU NOMBRE, DATOS PERSONALES, VOZ E IMÁGENES, POR LOS MEDIOS Y EN LA FORMA QUE CONSIDERE

APROPIADO, CON FINES PUBLICITARIOS Y/O PROMOCIONALES DEL CONCURSO, SIN DERECHO A COMPENSACIÓN ALGUNA Y CONFORME LO CONSIDERE OPORTUNO PARA SU DIFUSIÓN.

DECIMA:
LAS EVENTUALES ACCIONES JUDICIALES QUE PUDIERAN CORRESPONDERLES A LOS PARTICIPANTES, POR CIRCUNSTANCIAS ACAECIDAS FUERA DE LAS ESTABLECIDAS EN ESTE REGLAMENTO Y DENTRO DEL PREDIO, POR DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS POR TERCEROS SOBRE BIENES O SOBRE LAS PERSONAS DE LOS MISMOS SON DESISTIDAS EXPRESAMENTE POR LOS MISMOS RESPECTO DEL ORGANIZADOR, SIN PERJUICIO DE LAS QUE PUDIEREN EJERCITAR CONTRA LOS TERCEROS RESPONSABLES.

DECIMA PRIMERA:
ANTE CUALQUIER DIVERGENCIA QUE PUDIERA SURGIR CON RELACIÓN ESTA PROMOCIÓN Y A TODOS SUS EFECTOS, LOS PARTICIPANTES Y EL ORGANIZADOR SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES ORDINARIOS DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS, RENUNCIANDO A CUALQUIER OTRO QUE PUDIERA CORRESPONDER, INCLUSO FEDERAL.
 

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  • El juego es diversión
  • Es diversión y esparcimiento
  • Es natural y necesario para el ser humano
  • Es una distracción, que se realiza en momentos libres
  • Cuando el JUEGO se hace PATOLÓGICO, es un PROBLEMA tanto para quien lo padece como para su familia y su entorno social